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PRESENTARÁN EN EL CONGRESO DEL ESTADO UNA REFORMA QUE PERMITIRÍA MATAR EN LEGÍTIMA DEFENSA EN EL HOGAR, EL NEGOCIO E INCLUSO EN VEHÍCULOS

En el Congreso de Puebla se presentará una reforma que permitiría matar en legítima defensa en el hogar, el negocio e incluso en vehículos particulares y mercantiles.

La propuesta a la que accedió e-consulta incluye exonerar del delito de homicidio a las víctimas de ataques sexuales y a las personas que se encuentren en estado de confusión o terror debido a las agresiones que padecieron.

La iniciativa será impulsada por Morena y consiste en reformar el Código Penal del estado, para precisar y extender la figura de legítima defensa, que actualmente es ambigua, según se expone en el proyecto de ley.

Para esto se modificarían dos párrafos de la fracción IV del artículo 26, para que ahora digan:

“Se presumirá que concurren los requisitos de la legítima defensa, al hecho de causar daño, lesión o privación de la vida a quien por cualquier medio trate de penetrar, en el momento mismo de estarse introduciendo o realizando actos idóneos encaminados a lograr entrar a su casa o departamento habitado, o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño causado al agresor”.

“Igual presunción salvo prueba en contrario favorecerá al que causare cualquier daño, lesión o prive de la vida a otro, a quien encontrare dentro de su hogar; en la casa en que se encuentra su familia, aún cuando no sea su hogar habitual; en el vehículo que vaya viajando ya sea como particular o con algún encargo comercial; en el local en que aquél tenga sus bienes, o donde se encuentren bienes ajenos que tenga obligación legal de defender, y el intruso ejerza violencia sobre las personas o sobre las cosas que en tales sitios se hallen”.

También se agregaría un tercer párrafo, que diría: “asimismo, no se considerará como exceso en la defensa legítima, cuando concurran circunstancias en las que la persona que se defiende en un lugar ajeno a su propiedad y sea una reacción a una situación de agresión o que vulnere su integridad física, se encuentre en estado de confusión, miedo o terror que afecte su capacidad para determinar el límite adecuado de su respuesta o la racionalidad de los medios empleados”.

La ley vigente

En la actualidad, el artículo 26 señala sobre la legítima defensa:

“Se presumirá que concurren los requisitos de la legítima defensa respecto de aquél que, en el momento mismo de estarse verificando una invasión por escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento que habite o de sus dependencias, la rechazare, cualquiera que sea el daño que cause al invasor”.

“Igual presunción favorecerá al que dañare a un extraño a quien encontrare en el interior de su hogar o de la casa en donde se encuentre su familia, aunque no sea su hogar habitual; o en un hogar ajeno que tenga obligación de defender o en el local donde tenga sus bienes o donde se encuentren bienes ajenos que esté legalmente obligado a defender, si la presencia del extraño revela evidentemente una agresión”.

Se podría matar

Como se puede ver, la reforma propone especificar en la ley el permiso para matar en legítima defensa sin importar el medio que se utilice, además de que se busca ampliar la legítima defensa para los negocios y los vehículos particulares y mercantiles.

La iniciativa contempla además reformar el artículo 27 del Código Penal, para que el exceso de legítima defensa solo se sancione como “imprudencia delictiva”.

La intención es que el texto diga: “será sancionado por imprudencia delictiva al que se exceda en los casos de estado de necesidad, cumplimiento de un deber o ejercicio de un derecho, a que se refieren las fracciones V y VI del artículo 26”.

Dichas fracciones establecen que son causas de exención del delito: “la necesidad en que se vea el infractor de salvar su propia persona o sus bienes, o la persona o bienes de otro, de un peligro real, grave e inminente, si no existe otro medio practicable y menos perjudicial y no se tenga el deber jurídico de afrontar ese peligro, o éste no haya sido buscado o provocado por el infractor o por la persona a la que trata de salvar” y “obrar en el cumplimiento de un deber legal o en el ejercicio de un derecho establecido en la ley”.

La iniciativa para estas reformas será presentada el martes por la diputada Guadalupe Tlaque Cuazitl y se turnará a comisiones para su análisis y discusión.

 

fuente: www.e-consulta.com

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